Hacienda bloquea la devolución de impuestos a exmutualistas pese a un fallo del Supremo

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A pesar de que el Tribunal Supremo reconoció que los exmutualistas habían pagado impuestos en exceso sobre sus pensiones, la Agencia Tributaria ha decidido frenar de manera abrupta el proceso de reembolso. Esta decisión se enmarca en la reciente reforma fiscal incluida en la Ley 7/2024, aprobada el 20 de diciembre, y afecta a miles de jubilados que esperaban recuperar las cantidades indebidamente retenidas por Hacienda.

La nueva normativa establece que todas las solicitudes de devolución presentadas hasta el 22 de diciembre que aún no hayan sido abonadas quedarán sin efecto. Esto obligará a los afectados a iniciar nuevamente el trámite de manera individual y por cada año fiscal correspondiente. Además, el proceso de devolución se alarga hasta 2028, lo que supone un retraso considerable y una complicación adicional para los contribuyentes. Esta medida también genera un trato desigual entre los pensionistas, ya que algunos ya han recibido su reembolso, mientras que otros, en idénticas circunstancias, se ven ahora privados de su derecho a cobrar.

Razones por las que esta medida es cuestionable

  1. Inseguridad jurídica y vulneración de derechos adquiridos
    En abril de 2024 se estableció un mecanismo para solicitar la devolución íntegra de estos importes en un único pago. Muchos jubilados confiaron en este procedimiento, siguiendo las indicaciones de la Agencia Tributaria. Ahora, al anularse de forma retroactiva las solicitudes en curso, se genera una grave inseguridad jurídica y se desconocen los derechos previamente reconocidos.
  2. Discriminación entre contribuyentes
    La paralización del proceso de devolución crea una evidente desigualdad. Algunos exmutualistas ya han recibido su reembolso, mientras que otros, habiendo seguido los mismos pasos y dentro del mismo plazo, ven ahora anulada su solicitud sin motivo justificado. Esto contraviene el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española.
  3. Aplicación retroactiva de la norma en perjuicio del ciudadano
    La Disposición Final Décimo Sexta de la Ley 7/2024 impone una modificación con carácter retroactivo que afecta negativamente a los contribuyentes. Este tipo de medidas está prohibido por el artículo 9.3 de la Constitución, ya que restringe derechos previamente adquiridos.
  4. Decisión arbitraria de la Agencia Tributaria
    La Administración ha cambiado unilateralmente las condiciones del proceso de devolución sin respetar su propia normativa previa. Esto deja en una situación de indefensión a los exmutualistas que todavía no han recibido sus reembolsos, en contra de lo establecido por la sentencia 673/2024 del Tribunal Supremo.
  5. Impacto en un colectivo vulnerable
    La mayoría de los afectados por esta medida son jubilados de edad avanzada, muchos de ellos mayores de 70 u 85 años. Obligarles a reiniciar el proceso y fraccionar los pagos hasta 2028 supone una carga burocrática que podría impedir que muchos de ellos lleguen a ver devuelto su dinero.

Una decisión polémica con consecuencias políticas

Esta reforma, impulsada por el grupo parlamentario socialista mediante una enmienda, ha generado un fuerte rechazo entre los pensionistas, un colectivo numeroso y con peso electoral. Más allá de su legalidad, la medida es percibida como una injusticia flagrante. La única solución efectiva sería la anulación inmediata de la Disposición Final 16ª de la Ley 7/2024 a través del trámite parlamentario. Otras vías legales, como la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional, podrían tardar demasiado en resolverse, afectando a un sector de la población que no dispone del tiempo ni los recursos para esperar.